CONCEPTOS
1. ACTIVIDAD ADUANERA
Son todas aquellas actividades que le van a permitir al Agente de Aduanas a través de sus tramitadores y personal, preparar todo lo pertinente a la nacionalización o desaduana miento de las mercancías.
2. ACUERDOS DE COMERZIALIZACION ORDENADA
Una de las medidas de "zona gris". Refiere a acuerdos bilaterales entre gobiernos por los cuales un gobierno limita las exportaciones del otro. Se utilizan para proteger la industria nacional.
3. ACUERDOS DE CLEARING
Acuerdo entre los bancos centrales de dos países, que permite la realización de transacciones comerciales internacionales sin necesidad de pagos y cobros continuos en divisas, que son sustituidos por liquidaciones por compensación de saldos, los
Acuerdos de “clearing” establecen procedimientos de compensación de saldos entre los bancos centrales de los países importador y exportador. La empresa importadora del país A paga, en su propia moneda, a su banco central al tipo de cambio establecido para la divisa bilateral.
4. ACUERDOS MULTILATERALES
Acuerdos concertados dentro del marco jurídico institucional de la OMC, que son aceptados y de carácter obligatorio para todos los países miembros de este organismo multilateral. Estos acuerdos son los pilares sobre los que se basa la Organización.
5. TRATADO GENERAL DE ARANCELES Y COMERCIO
Integrado por 23 países no comunistas. El principal logro de este tratado fue la creación de un foro internacional dedicado al aumento del comercio múltiple y a la solución de los conflictos comerciales internacionales. Este acuerdo sustituyó a una propuesta de creación de una Organización Internacional de Comercio de las Naciones Unidas que no se formó debido a las tensiones generadas por la Guerra fría.
6. ACP
Término utilizado por las Comunidades Europeas para referirse a los países de África, Caribe y Pacífico. La mayoría de ellos son antiguas colonias o dependencias de los socios comunitarios. Desde el punto de vista económico, los países ACP no tienen una gran importancia para CEE.
7. ADMISION TEMPORAL
Régimen de aduana por el cual se permite el ingreso dentro del territorio aduanero de un país, con suspensión de los derechos y tasas a la importación, de mercaderías importadas con un propósito definido y destinadas a ser reexportadas, ya sea en su estado originario o como resultado de determinadas transformaciones o reparaciones dentro de un plazo preestablecido en la normativa que regula este régimen.
8. ADUANA DE ENTRADA
Lugar de un territorio aduanero por el que se despachan las mercancías a ser importadas. A la entrada en estas áreas, casi todos los productos quedan sujetos al pago de los correspondientes derechos arancelarios.
9. ADUANA DE DESTINO
Oficina aduanera donde termina una operación de tránsito aduanero.
10. ADUANA DE PARTIDA
Oficina aduanera donde comienza una operación de tránsito aduanero.
11. ADUANA DE PASO DE FRONTERA
Oficina aduanera que no siendo ni la de partida ni la de destino interviene en el control de una operación de tránsito aduanero.
12. ADUANA PRINCIPAL
Es la que tiene jurisdicción en una circunscripción determinada y centraliza las funciones fiscales y administrativas de las aduanas subalternas adscritas a ella.
13. ADUANA SUBALTERNA
Son las adscritas a una aduana principal habilitada para realizar determinadas operaciones aduaneras dentro de la respectiva circunscripción
14. AGENTE DE ADUANAS
Es la persona autorizada por el Ministerio de Finanzas para actuar ante los órganos competentes del servicio aduanero en nombre y por cuenta de aquel que contrata sus servicios, en el trámite de una operación, régimen o actividad aduanera. El Agente de Aduanas realiza una función de naturaleza mercantil orientada a facilitar a quienes contraten sus servicios, es decir, a sus mandantes en todo lo relativo al cumplimiento de la normativa jurídica vigente en materia de importación, exportación, tránsito aduanero y cualquier actividad accesoria inherente a dichas operaciones aduaneras.
15. AGENTE DE EXPORTACION
Persona o empresa que reúne compradores y vendedores internacionales a cambio de una comisión pero no participa en las transacciones de venta.
16. AJUSTE FISCAL EN FRONTERAL
Sistema de adaptación de los impuestos que gravan un producto objeto de operaciones de comercio exterior. Consiste en la exención o desgravación a los bienes exportados de los impuestos con que se les grava cuando se destinan al consumo interior; y en sentido inverso, en la imposición a los productos importados de gravámenes similares a los correspondientes al consumo interior de los productos nacionales
17. ALCA
El Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA) es el nombre oficial con que se designa la expansión del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN ó TLC) a todos los países de Centroamérica, Sudamérica y el Caribe, excepto Cuba. Las negociaciones comenzaron inmediatamente después de la entrada en vigor del TLC en 1994 y se espera que concluyan en 2005. Los Estados Unidos están presionando para que se adelante la fecha a 2003.
18. ALMACEN LIBRE DE IMPUESTO
Régimen mediante el cual se autoriza a los establecimientos ubicados en las zonas primarias de las aduanas localizadas en los puertos o aeropuertos internacionales, a depositar determinadas mercancías nacionales y extranjeras, exclusivamente para ser expedidas a aquellas personas que están en tránsito en el país o que vayan a entrar o salir del mismo, en calidad de pasajeros (Art. 98 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales).
19. ANDINO, PACTO
Acuerdo de integración Subregional Andina. Firmado por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. Su objetivo es promover el desarrollo equilibrado y común de los países miembros: armonización del tratamiento de la inversión extranjera y supresión de las barreras de comercio.
20. ANTIDUMPIN, DERECHOS
Los "derechos anti-dumping" son aquellos utilizados para neutralizar el efecto de daño o de amenaza de daño causado por la aplicación de prácticas de dumping. Este derecho anti-dumping es aplicado a las importaciones y se adiciona al impuesto de importa
21. ARANCEL DE ADUANAS
Es un instrumento regulador del comercio exterior y debe adaptarse a la dinámica que experimentan los cambios internacionales, así como a las condiciones de producción y comercio del país que lo utiliza.
22. ARANCEL EXTERNO COMÚN DE LA CEE
Acuerdo regional de comercio firmado en 1994 por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, inspirado en la Comunidad Europea, que fija un arancel externo común y la eliminación de la mayoría de los obstáculos al comercio de servicios.
23. ARANCEL OPTIMO
Una nación optimiza su bienestar económico cuando impone una tasa arancelaria que eleva al máximo la diferencia positiva entre la ganancia de los términos de intercambio mejorados y la pérdida del volumen decreciente de importaciones, el arancel óptimo seria la tasa arancelaria.
24. ARANCELERIA, PARTIDA
Unidades en que se divide la Nomenclatura del Sistema Armonizado en donde se clasifican grupos de mercancías y que se identifican por 4 dígitos.
25. ARRUMAJE
Distribución o colocación de la carga de una embarcación. Extensible, también, a la distribución o colocación de las mercancías en almacenes, depósitos, patios, etc.
26. AUTOLIQUIDACIÓN
Las autoliquidaciones son una clase especial de declaraciones en las que los obligados tributarios, además de comunicar a la Administración los datos necesarios para liquidar el tributo y otros de carácter informativo, realizan por sí mismos las operaciones de calificación y cuantificación necesarias para determinar el importe de la deuda tributaria a ingresar o, en su caso, la cantidad que resulta a devolver o a compensar.
27. AUTORIZACIÓN DE CAMBIO
Documento que permite al importador canjear moneda de su país por divisas para pagar al exportador.
28. BULTOS SOBRANTES
Son aquellas mercancías que, una vez terminada la confrontación general de los cargamentos, aparecen de más, sobre las anotadas en el Manifiesto de Carga.
29. BULTOS FALTANTES
Son aquellas mercancías que, una vez terminada la confrontación general de los cargamentos, no aparecen en los arrumajes de los almacenes, pero si figuran en el Manifiesto de Carga o sobordo respectivo.
30. BULTOS EN RETORNO
Bultos traídos al puerto o aeropuerto de destino, por haber faltado en la descarga del vehículo donde fueron manifestados originalmente.
31. BULTOS POSTALES
Forma utilizada internacionalmente para el intercambio recíproco de mercancías o efectos sujetos al pago de impuestos aduaneros, con intervención del correo, ya sea por vía marítima, aérea o terrestre.
32. BONOS DE PRENDA
Documentos expedidos por los almacenes generales de depósito, a los fines de acreditar la constitución de garantía prendaria sobre las mercancías bajo su guarda.
33. CABOTAJE
Tráfico marítimo, fluvial, lacustre y aéreo de mercancías y equipajes nacionales o nacionalizados, entre diversos lugares del territorio nacional.
34. CARGA CONSOLIDADACarga en forma agrupada, que es transportada bajo nombre y responsabilidad de un operador de transporte, distinto del porteador (consolidado) en el vehículo de éste, destinada a uno o más consignatarios finales.
35. CARGA COURIEROperación mediante la cual una Empresa Operadora de Mensajería Internacional "Courier" traslada carga agrupada, bajo su propio nombre y responsabilidad destinadas a terceras personas por cualquier medio de transporte, propio contratado o mediante Mensajero a Bordo.
36. CARTA DE CREDITODocumento emitido por un banco y obtenido por el importador, en el que se autoriza a otro banco a abonar al exportador una suma específica de dinero, cuando el banco haya recibido el documento en que se garantiza que se han cumplido las condiciones estipuladas en la carta de crédito. Ejemplo: condiciones de venta, packing, fecha de envío, etc.
37. CAUSACIÓNDe acuerdo a la legislación venezolana cuando se trate de importación, las mercancías causarán el impuesto y estarán sometidas al régimen aduanero vigente para la fecha de su llegada a la zona primaria de cualquier aduana nacional habilitada para la respectiva operación. Cuando se trate de exportación, se aplicará el impuesto y el régimen aduanero vigente para la fecha de recibo de la declaración formulada ante la oficina aduanera por el exportador. En caso mercancías que se encuentren en zonas, puertos o almacenes libres o francos o almacenes aduaneros (in bond), y vayan a ser destinadas a uso o consumo en el territorio aduanero nacional, se aplicará el impuesto y el régimen aduanero vigente para la fecha del registro de la declaración formulada ante la oficina aduanera.
38. CCDComité de Comercio y Desarrollo. Fundado en 1965, este organismo del GATT maneja cuestiones de especial interés para los países en desarrollo.
39. CERTIFICADO DE DEPÓSITODocumento que acredita el dominio de las mercancías y productos, en los Almacenes Generales de Depósito.
40. CERTIFICADO DE HIGIENEDocumento que sirve como prueba de que la mercancía importada está libre de enfermedades y limpia.
41. CERTIFICADO DE ORIGENDocumento expedido por la autoridad u órgano competente, para dar fe de que determinado artículo es producido, cosechado, etc., en determinada región o país; se utiliza con la finalidad de aprovechar ventajas impositivas o preferencias arancelarias.
42. CERTIFICADO DE SEGUROFrecuentemente adquirido por el importador, este documento del flete de entrada indica la clase de seguro, comprado y el valor amparado por este.
43. CFR: "COST AND FREIGHT" Sólo transporte marítimo. Venta en origen. El vendedor elige el barco y paga el flete marítimo hasta el puerto convenido. La carga de la mercancía a bordo corre a cargo del vendedor así como los trámites para la exportación. La transferencia de los riesgos y gastos se produce en el momento en que la mercancía rebasa la borda del buque al igual que en el Incoterm FOB.
44. CIF: "COST INSURRANCE AND FREIGHT" Sólo transporte marítimo. Venta en origen Añade al incoterm CFR la obligación para el vendedor de contratar el seguro de las mercancías en las condiciones FPA (libre de avería particular) que cubre el valor CIF + 10%. La transferencia de los riesgos y gastos ocurre igual que con los incoterms FOB y CFR.
45. CIP: "CARRIAGE AND INSURRANCE PAID TO" Cualquier medio de transporte. Venta en origen. Semejante al incoterm CPT, al cual añade la obligación por parte del vendedor de contratar un seguro para las mercancías.
46. CIRCUNSCRIPCIÓN ADUANERAEs el territorio aduanero delimitado para cada aduana principal dentro del cual ésta, ejercerá la potestad aduanera.
47. CLAUSULA DE ESCAPECláusula introducida por los EEUU en el comercio internacional en aras a proteger algunos de sus productos que se sentían amenazados por la competencia de la penetración de importaciones.
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